AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0074

OF- 97

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0074 del 19 de marzo de 2025, CRISTO JULIO CORREA MORA, identificado con C.C. No. 6793484, solicitó licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la Urbanización Boske Campestre Lote 48 Mz D de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-242907, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 14 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0031

OF- 96

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0031 del 6 de febrero de 2025, la sociedad ICON SELECTIONS S.A.S., identificada con Nit. 900738453-6, solicitó licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda Vilachuaga de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-233327, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 11 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0071

OF- 95

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0071 del 18 de marzo de 2025, LA SOCIEDAD EQUINOS Y CULTIVOS ANMAR S.A.S., identificada con Nit. 811024530-8, solicitó licencia de CONSTRUCCIÓN  EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN para el predio ubicado en el Lote Chachafruto de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-22197, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 10 de abril de 2025.

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0072

OF- 94

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0072 del 18 de marzo de 2025, JAIRO IVAN GONZÁLEZ GÓMEZ, identificado con C.C. No. 71679755 y MANUELA  LONDOÑO SANTAMARÍA, identificada con C.C. No. 43220717, solicitaron licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda Vilachuaga – Parcelación La juanita Lote 35 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-97465, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 10 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-24-0386

OF- 93

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0386 del 6 de diciembre de 2024, la sociedad SAENZA S.A.S., identificada con Nit. 901352284-3, , solicitó licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda Manpuesto  – Condominio Campesino La Aldea lote C4 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-240242, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 8 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0062

OF- 92

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0062 del 7 de marzo de 2025, ANA VIRGINIA NARANJO GÓMEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 43.064.403, solicitó licencia de Construcción  en las Modalidades de OBRA NUEVA Y DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en las cuchillas de san José de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-20431, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 8 de abril de 2025.

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0075

OF- 91

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0075 del 19 de marzo de 2025, MARÍA ELENA QUIROGA ZAPATA  identificado con cédula de ciudadanía No. 42.880.812 y NELSON  FERNÁNDEZ BEDOYA identificado con cédula de ciudanía No. 70.099.463, solicitaron LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN  EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la CL 7A KR 55EA – 57 Urbanización Boske Campestre Lote 28  de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-242887, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 8 de abril de 2025.

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0048

OF- 90

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0048 del 19 de febrero de 2025, JORGE IGNACIO ZULUAGA AGUDELO, identificado con C.C. No. 98588676, solicitó licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la Parcelación Haras Campestre Lote 11 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-238652, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 8 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0023

OF- 89

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0023 del 31 de enero de 2025, la sociedad PROMOTORA PBB SAS, identificada con Nit. 901170221-8, en nombre propio y actuando como apoderada de la sociedad PARKIA SAS, identificada con Nit900805161, solicitó aprobación de planteamiento urbanístico general (PUG) Y licencia de Urbanización  en la Modalidad de Desarrollo para los predios ubicados en Sector Barro Blanco – UAU 2 del Plan Parcial Barro Blanco III  de esta ciudad, identificados con matrícula inmobiliaria No. 020-52266, 020-73754 y 020-19992, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 8 de abril de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0070

OF- 88

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0070 del 18 de marzo de 2025, FADIS LLANET GÓMEZ ARISTIZABAL identificado con cédula de ciudadanía No. 21482359 y JORGE ALIRIO GÓMEZ RAMÍREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 80218375, solicitó licencia de CONSTRUCCIÓN  EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en el Proyecto Nattura, lote 10, Mz B de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-221186, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 4 de abril de 2025.

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro