Curaduría primera de Rionegro

05615-1-24-0158

OF- 166

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0158 del 4 de junio de 2024, las sociedades PROIN PROMOTORA INMOBILIARIA S.A.S. identificada con NIT900.400.448-7 y CONSTRUCTORA SERVING S.A.S.,  identificada con NIT  900.231.851-7, por intermedio de la empresa CONINSA RAMÓN H. S.A.S., solicitó Licencia de Urbanización en la Modalidad de Desarrollo para el proyecto ubicado en la CL 51 NRO 59 -61 (Int 101) Proyecto La Inmaculada-Kaizen de esta ciudad, sobre los predios identificados con los folios de matrícula inmobiliaria No. 020-50797, 020-205869, 020-54869, 020-54882, 020-70166, 020-45073, para uso Vivienda multifamiliar.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com, que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 12 de julio de 2024

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro