AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0013

OF- 46

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0013 del 21 de enero de 2025, LIGIA OMAIRA OROZCO GÓMEZ, identificada con C.C. No. 43977833, y CARLOS MARIO GÓMEZ RAMÍREZ, identificado con C.C. No. 70696852, solicitaron licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la urbanización Nattura lote 7 Mz C de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-221211, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 13 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0016

OF- 42

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0016 del 22 de enero de 2025, RAUL ANDRÉS CHAVARRIAGA ORTÍZ identificado con C.C. No. 98562930, SANTIAGO LALINDE identificado con C.C. No. 1037629520, solicitaron licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la CL 8 #55EA -103 Urbanización Boske Campestre Lote 80 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-242939, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-24-0389

OF- 41

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0389 del 11 de diciembre de 2024, CARLOS MARIO CARDONA LONDOÑO identificado con C.C. No. 70136014, solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el predio ubicado en la CRA 68B #47A-23 MANZANA 8 LOTE 4 URBANIZACION SANTA TERESA de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-68706, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0012

OF- 40

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0012 del 21 de enero de 2025, la sociedad EDS SAN GABRIEL RIONEGRO S.A.S, identificada con Nit. 901418554-2, MICHELLE RAMIREZ identificada con C.C.30314105, CARLOS ALBERTO RIVERA identificado con C.C. 70976924, LILIANA MARIA VARGAS identificada con C.C. 1035910297, solicitaron Parcelación, Construcción en la Modalidad de Obra Nueva, Autorización para Movimiento de Tierras y Modificación de Licencia Vigente para el predio ubicado en la Vereda La Mosquita – Lote D de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-222315, uso Comercio y Servicios.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-24-0396

OF- 39

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0396 del 12 de diciembre de 2024, la sociedad LONDOÑO GOMEZ SAS, identificada con Nit. 890912140-6, solicitó Construcción en la modalidad de Obra Nueva, Modificación de licencia vigente y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la Vereda Abreo Sector Mal Paso – lote 1 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-244529, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0014

OF- 38

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0014 del 22 de enero de 2025, la sociedad INVERSIONES ROMAJO S.A.S., identificada con Nit. 901724553-7, solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en el Paraje Chachafruto – Lote No. 60 La Regional Aeropuerto de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-78474, uso Industrial.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0011

OF- 37

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0011 del 21 de enero de 2025, AUGUSTO ALONSO SÁNCHEZ CRUZ identificado con C.C. No. 98545463, solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra Nueva y Demolición total para el predio ubicado en la Vereda El Tablazo – Lote No.3 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-222459, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-24-0404

OF- 36

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0404 del 18 de diciembre de 2024, YAMILFASAN MARIN VASCO identificado con C.C. No. 15439393, solicitó Construcción y Modificación de licencia Vigente para el predio ubicado en Lote 16 parcelación Haras Campestre de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-238657, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija, el día 7 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-25-0005

OF- 35

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0005 del 10 de enero de 2025, JORGE ELIECER DURÁN DUQUE, identificado con cédula de ciudadanía No. 72139469, solicitó licencia de Construcción  en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la Parcelación Colinas de Aviñón – Lote 18 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-101948, uso Vivienda.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija el día 6 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro

AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS

05615-1-24-0398

OF- 34

EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-24-0398 del 13 de diciembre de 2024, ANGELA MARÍA MONTOYA ZULUAGA identificada con cédula de ciudadanía No. 43795128, y JULIO CESAR ALZATE CASTRO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15434953, solicitó   Reconocimiento de una edificación existente y licencia de Construcción  en la Modalidad de Ampliación para el predio ubicado en la KR 47 CL 52 -56  Pasaje Comercial Simón P.H. de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-77987, uso Vivienda y Comercio.

Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.

En constancia se fija el día 4 de febrero de 2025

VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS

Curador Urbano Primero de Rionegro