ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS
AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0056
OF- 107
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0056 del 4 de marzo de 2025, EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP, identificada con Nit. 890904996-1, solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra Nueva Y Cerramiento y Autorización para el Movimiento de tierras para el predio ubicado en la TV 49 NRO 33 -200 PETAR EPM – Lote 610 C de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-79485 y 020-193158, uso Dotacional.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija el día 16 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
Curador Urbano Primero de Rionegro…
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05615-1-25-0051
OF- 106
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0051 del 21 de febrero de 2025, VIVIANA MARGARITA PUPO VARGAS identificado con cédula de ciudadanía No. 1.128.054.119 y EUSEBIO SEGUNDO TIRADO ROMERO identificado con cédula de ciudadania. No. 73.571.230, solicitaron licencia de CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la Urbanización Casas del Rosal lote 94 Mz F de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-77605, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 16 de abril de 2025.
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
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05615-1-25-0096
OF- 105
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0096 del 4 de abril de 2025, JUAN JOSÉ OSSA VILLEGAS identificado con cédula de ciudadania No. 1.222.703.121 y JORGE ALBERTO OSSA SALAZAR identificado con cédula de ciudadania No. 70.825.399, solicitaron licencia de CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la Parcelación Sereno, Lote 65 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-227732, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 16 de abril de 2025.
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AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0092
OF- 104
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0092 del 2 de abril de 2025, LA SOCIEDAD INVERSIONES MINTEL S.A.S., identificada con Nit. 901177306-7, a través de su representante legal CARLOS IVÁN ESCOBAR GONZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.262.859, solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la Parcelación Llanogrande Hills, Lote 95 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-208265, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 16 de abril de 2025.
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGASCurador Urbano Primero de Rionegro…
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05615-1-25-0081
OF- 103
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0081 del 25 de marzo de 2025, la sociedad PROYECTO MONTRY SAS, identificada con Nit. 901170527-6, a través de su representante legal JOSE FERNANDO SAENZ HOYOS, identificado con C.C. No. 1128272018, solicitó MODIFICACION DE LICENCIA VIGENTE de construcción aprobada en gestión anterior mediante Res. 0309 del 25 de octubre de 2022, y AAPROBACIÓN DE PLANOS PARA PROPIEDAD HORIZONTAL, para el predio ubicado en la DG 57A KR 40 -92 Proyecto Montry S.A.S. de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-238987, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 16 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
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AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0078
OF- 102
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0078 del 20 de marzo de 2025, LA SOCIEDAD INVERSIONES RADIVI E HIJOS Y COMPAÑÍA S.C.A., identificada con Nit. 900866996-1, solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la Parcelación Querencias del Eden Lote 12 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-47429, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 15 de abril de 2025.
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
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05615-1-25-0093
OF- 101
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0093 del 2 de abril de 2025, MÓNICA MARÍA ESCOBAR FRANCO, identificado con C.C. No. 42882604 y ANDRÉS DUQUE URIBE, identificado con C.C. No. 70088555, solicitaron licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda El Tablazo – Parcelación Essenza Lote 11 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-237651, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 15 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
Curador Urbano Primero de Rionegro…
AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0061
OF- 100
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0061 del 7 de marzo de 2025, la sociedad JBCE INVERSIONES S.A.S., identificada con Nit. 901646851-2, solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda El Tablacito – lote No. 11 Parcelación Chuscalito de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-24916, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 15 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
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AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0047
OF- 99
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0047 del 19 de febrero de 2025, MANUELA GARCÍA DE BEDOUT, identificada con C.C. No. 1037635732 y MIGUEL OCHOA SRETER, identificado con C.C. No. 1037618995, solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la vereda Yarumal, Parcelación Lagos de Sajonia lote 7 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-43182, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 14 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
Curador Urbano Primero de Rionegro…
AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS
05615-1-25-0082
OF- 98
EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0082 del 25 de marzo de 2025, ELVINIA FANETA DE LAS MERCEDES CROES ARAQUE, identificada con C.C. No. 1126667017 y ALWIN ALEXIS CROES ARAQUE, identificado con C.C. No. 1126667015, solicitaron licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva para el predio ubicado en la Parcelación Montellano lote 31 de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-235083, uso Vivienda.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com , que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 14 de abril de 2025
VÍCTOR HUGO OSORIO VARGAS
Curador Urbano Primero de Rionegro…